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18 de febrero de 2014

SPJ-USO Andalucía: Orden de Interinos: un nuevo FRACASO negociador de la Consejería de Justicia.

MESA TECNICA Y SECTORIAL
ORDEN DE INTERINOS: UN NUEVO FRACASO NEGOCIADOR DE LA CONSEJERIA DE JUSTICIA
17/2/2014
(AMPLIAREMOS LA INFORMACION EN OTRA CIRCULAR INFORMATIVA)
Despues de un sinfin de reuniones disfrazadas de negociacion, y la entrega de varios borradores de una orden de interinos condenada de antemano a no conseguir el consenso sindical, la Consejeria de Justicia de la JJ.AA. vuelve a hacer gala de la falta de capacidad negociadora que le caracteriza desde que el actual equipo esta al frente de la misma, y ha optado por imponer una restrictiva regulacion para la seleccion y nombramiento de personal interino de los cuerpos de funcionarios al servicio de la administracion de justicia en Andalucia, endureciendo las condiciones laborales de los integrantes de las bolsas de interinos asi como limitando la cobertura de plazas con dicho personal a traves de dilaciones innecesarias en la provision de dichos puestos.
Ya avanzabamos en circulares anteriores que la Direccion General de la Oficina Judicial y Fiscal, con su Directora a la cabeza, Secretaria judicial de profesion, habia trazado unas lineas rojas en la negociacion de esta nueva orden de interinos que hacian dificil llegar a acuerdos en la mesa de negociacion, pues bien, una vez mas se han superado a si mismos y a esas condiciones impuestas de inicio por la Consejeria, en la mesa tecnica y sectorial donde habia de ultimarse la redaccion definitiva de la orden de interinos, han añadido nuevas restricciones que han endurecido un texto sobre el que ya de por si era dificil de conseguir un consenso total de sindicatos y administracion, supeditando el resultado del mismo unicamente a la constatacion por parte de la administracion de su capacidad de autoorganizacion y a los condicionantes presupuestarios, en un intento de simplificar al maximo la gestion de las bolsas y aplicando claros recortes a la hora de nombrar personal interino para cubrir puestos de trabajo en los organos judiciales.
Por lo que la Consejeria, y van ya muchas veces, vuelve a imponer unas lineas basicas que tenia preconcebidas antes de comenzar la negociacion y que finalmente ha hecho valer por la via de la imposicion a pesar del rechazo unanime de todas las organizaciones sindicales, incluido SPJ-USO.
Por parte de SPJ-USO se ha intentado hacer ver a la Consejeria lo innecesario de elaborar una nueva orden, que como se ha demostrado finalmente nos ha llevado a una peor regulacion de las bolsas de interinos, y por contra hemos defendido la necesidad de mantener la vigencia de la actual Orden de Interinos de 15 de febrero de 2006 con aquellas modificaciones que actualizaran y mejoraran algunos aspectos del contenido de la misma, pero que respetaran en lo esencial una regulacion, la de la orden del 2006, que se ha demostrado eficaz en el tiempo y pacifica en su aplicacion, y que, al contrario de lo ocurrido con la nueva orden de interinos impuesta por la consejeria, gozó en su momento del total acuerdo y apoyo por parte de los sindicatos y de la propia administracion.
Desde SPJ-USO, a pesar de ser conscientes de algunas mejoras que, a propuesta nuestra y del resto de organizaciones sindicales, han sido introducidas en la redaccion de la nueva orden, hemos optado por rechazar la misma en su conjunto, en base a una serie de puntos  para este sindicato inadmisibles, como son:
         -- La introduccion de un nuevo requisito para el acceso a la bolsa de interinos como es la acreditacion de 12 meses de experiencia en el cuerpo a cuya bolsa se opte, sin la exigencia de tener un examen aprobado en las oposiciones, obviando asi los principios constitucionales de igualdad, merito y capacidad que deben regir siempre en el acceso a la funcion publica, y que son igualmente aplicables al personal eventual que acceda a la administracion, y que desde SPJ-USO creemos que tan solo puede cumplirse mediante la exigencia del requisito de tener aprobado un examen en las oposiciones de acceso a los cuerpos generales de la administracion de justicia, tal y como tambien se exige, por cierto, para el acceso a las bolsas de personal interino de sectores como sanidad o educacion o en la propia administracion general de la Junta de Andalucia, y tal como esta regulado en la actual orden de interinos de justicia. Requisito que desde SPJ-USO exigimos para la incorporacion a la bolsa, salvando por supuesto de la exigencia del mismo a los actuales integrantes de las bolsas, que estarian exentos del cumplimiento de ese requisito, conforme viene regulado en la disposicion adicional cuarta de la Orden de 15 de febrero de 2006.
--La prohibicion de los traslados de bolsa de una provincia a otra, en base, segun la Consejeria a problemas de gestion y de inseguridad juridica, y que, tan solo por la presion sindical ejercida, previa propuesta de este sindicato, se ha admitido finalmente para los supuestos de violencia de genero y agrupacion familiar, aunque con imposibilidad de volver a la bolsa de la provincia de origen hasta nueva convocatoria de la misma, obviando asi la administracion cualquier atisbo de conciliar la vida laboral y familiar mas alla de los supuestos mencionados, lo que para SPJ-USO es totalmente insuficiente.
--El establecimiento de un regimen de sanciones para el personal interino muy superior al ya regulado en la anterior orden de febrero de 2006 y, que, entre otras, establece que tanto la comision de una falta "grave" como "muy grave" conllevaran el cese del personal interino. Igualmente, para el supuesto de que se produzca la incomparecencia de un integrante de la bolsa a un solo llamamiento sin mediar causa justificada en el periodo de un año, se procedera a la exclusion de la misma.
--La obligatoriedad de superar un periodo de practicas en algunos supuestos, con informe final vinculante por parte del responsable tecnico procesal, y que para el caso de que sea desfavorable por dos veces, supondra la exclusion definitiva de bolsa.
A lo que SPJ-USO tras oponerse frontalmente, pidio suprimir y sustituirlo por un periodo de formacion a cargo de un tutor seleccionado entre los funcionarios de igual o superior categoria profesional que se mostrasen voluntarios a asumir dichas tutorias y a los que se deberia retribuir convenientemente.
Al margen de los anteriores, otros aspectos negativos de la nueva orden de interinos son los siguientes:
--Discriminacion en el acceso a las bolsas de los cuerpos generales, a los que se exige haber superado algun ejercicio de los procesos selectivos para ingreso en los cuerpos de gestion, tramitacion o auxilio, respecto a lo regulado para el acceso de los medicos forenses, a los que unicamente se les exige el haberse presentado a alguna de las dos ultimas convocatorias del mencionado cuerpo. Discriminacion, por cierto, aceptada por todos los sindicatos menos por SPJ-USO que exigio mismo trato para unos y otros, y solicitó la obligatoriedad para todos del aprobado de algun ejercicio en las oposiciones correspondientes.
--La negacion a suprimir las continuas referencia a "autorizaciones" por parte de la Direccion General, que no suponen sino dilaciones innecesarias en el nombramiento del personal funcionario, con el consiguiente perjuicio para el normal funcionamiento de los organos judiciales afectados y para las expectativas de trabajo de los funcionarios interinos.
-- La negativa, por parte de la Consejeria, a establecer un sistema de actualizacion de las bolsas hasta tanto se produzca una nueva convocatoria para su apertura, lo que solo ocurrira cada dos años.
         -- La creación de una NUEVA BOLSA, a la que todos los interesados, incluidos actualmente o no en la bolsa vigente, deben presentar su solicitud de acceso, no admitiendose como solicitabamos desde SPJ-USO la continuidad de la actual bolsa con la actualizacion de los meritos del personal interino que la integra actualmente y la incorporación de aquellos que hayan superado una prueba en las oposiciones a los cuerpos generales de la admón. de justicia.

         La Directora General, sin dar una fecha cierta, nos informó que era intencion de la Consejeria publicar la nueva orden en el plazo aproximado de unos cuatro meses, orden de la que os daremos traslado cuando la administracion nos haga llegar el borrador definitivo que incluya todos los cambios efectuados durante su paso por la mesa de negociacion.
DESCARGATE LA CIRCULAR INFORMATIVA, PULSA AQUI.



PRIMERA INFORMACIÓN DE LA MESA SECTORIAL DE AYER
NUEVA NORMATIVA INTERINOS ANDALUCIA.

SPJ-USO HA SIDO EL ÚNICO SINDICATO QUE HA DEFENDIDO HASTA EL FINAL LA CONTINUIDAD DE LA ACTUAL NORMATIVA, CON UNAS SIMPLES MEJORAS. Y POR LO TANTO NO HA DADO EL VISTO BUENO A LA NUEVA NORMATIVA IMPUESTA POR LA ADMINISTRACIÓN.

CONSTITUCIÓN DE BOLSA.- CADA DOS AÑOS. SIN POSIBILIDAD DE ACTUALIZACIONES EN ESTE PERIODO. POSIBILIDAD DE BOLSAS DE ZONA O AREA

REQUISITOS DE INGRESO.- PARA FORMAR PARTE DE LAS BOLSAS TIENES QUE CUMPLIR UNO DE ESTOS DOS REQUISITOS:
- HABER SUPERADO ALGUNO DE LOS EJERCICIOS DE LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA EL CUERPO AL QUE SOLICITA.
- HABER PRESTADO SERVICIOS DURANTE UN PERIODO MÍNIMO DE 360 DIAS  EN LOS CUERPOS  A LOS QUE SOLICITA. SIN LÍMITE DE TIEMPO.
PROPUESTA ACEPTADA POR LOS SINDICATOS CSIF, CCOO Y UGT.

VALORACIÓN MÉRITOS.-  SPJ CONSIGUIÓ QUE PREVALECIERA LA EXPERIENCIA COMO PREPONDERANTE EN LA VALORACIÓN, DEFENDIDO POR TODOS LOS SINDICATOS MENOS POR STAJ QUE PIDIÓ QUE SE VALORARA MÁS EL APROBADO DE EJERCICIOS QUE LA EXPERIENCIA O POR LO MENOS IGUAL.

EXPERIENCIA.- MÁXIMO DE 100 PUNTOS A 0,50 PUNTOS POR MES COMPLETO. TAMBIÉN SE VALORARÁ EXPERIENCIA OTROS CUERPOS. SIN LÍMITE DE TIEMPO.

SUPERACIÓN EJERCICIOS OPOSICIONES.- TAMBIÉN SE CONSIGUIÓ ELEVAR LA PUNTUACIÓN POR ESTE CONCEPTO. HASTA UN MÁXIMO DE 64 PUNTOS. SIN LÍMITE DE TIEMPO.

TITULACIONES.- TAMBIÉN SE AUMENTÓ LA PUNTUACIÓN TOTAL, HASTA UN MÁXIMO DE 20 PUNTOS.

FORMACIÓN.-  TAMBIÉN SE AUMENTÓ LA PUNTUACIÓN TOTAL, HASTA UN MÁXIMO DE 16 PUNTOS, EN LOS ÚLTIMOS DIEZ AÑOS, CURSOS HOMOLOGADOS MATERIAS IMPARTIDAS POR IAAP O INAP, MATERIA JURÍDICA, INFORMÁTICA E IDIOMAS.

TRASLADO DE BOLSA.- EN PRINCIPIO QUERIAN QUITARLO COMPLETAMENTE PERO AL FINAL SE PERMITIRÁ POR AGRUPACIÓN FAMILIAR Y VIOLENCIA DE GÉNERO.

PERIODO DE PRÁCTICAS.- PARA LOS QUE HAYAN TRABAJADO MENOS DE DOS MESES CON POSIBILIDAD DE CESE EN EL PUESTO DE DE TRABAJO. 

CONGELACIÓN.- SE MANTIENE.

RENUNCIAS.- SE MANTIENE LA RENUNCIA A UN PUESTO A MÁS DE 50 KM DE LOCALIDAD DEL INTERESADO.

CESES.-  SE INCLUYE EL CESE POR RENDIMIENTO INSUFICIENTE.

EN BREVE OS INFORMAREMOS MÁS AMPLIAMENTE DE TODO LO ACONTECIDO EN LA MESA, YA QUE DURO MAS DE 8 HORAS Y NOS NO DIO TIEMPO DE TERMINARLO ANOCHE. AUNQUE TENDREMOS QUE ESPERAR A QUE LA ADMINISTRACIÓN NOS PASE EL BORRADOR FINAL CON EL CUAL EMPEZARÁN LOS TRÁMITES PARA PUBLICARLA QUE PODRÁ TARDAR UNOS 4 O 5 MESES.